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La Suprema Corte de Justicia de Mendoza, a través de la Acordada 29505, del 27 de Marzo de 2.020 ha organizado un sistema de abordaje y atención de las situaciones de violencia familiar ante la declaración de pandemia dispuesta por la Organización Mundial de la Salud del coronavirus "COVID-19" y el estado de aislamiento social preventivo y obligatorio, teniendo en cuenta que la violencia de género es una de las grandes preocupaciones cotidianas, las cuales se amplían y agravan en situaciones excepcionales como las de aislamiento social.

Se ha trabajado en un Protocolo para medidas de protección en casos de violencia familiar que organiza un circuito remoto para que las personas en situación de violencia familiar, que requieran de una medida de protección a dictarse a través de los juzgados de familia, puedan denunciar sus situaciones a través de un formulario alojado en la web del poder judicial, o a través de Whatsapp o teléfonos de un cuerpo de trabajadores sociales especialmente afectados a este efecto, que conforman una "secretaría de protección" y cuyos teléfonos también están publicados en la web.

Esta secretaría de protección hará un primer abordaje de la situación denunciada y, si luego de éste, y efectuado el asesoramiento y acompañamiento correspondiente, estima que corresponde el dictado de una medida de protección, enviará el formulario vía correo electrónico (que llenará el trabajador social en caso de que la comunicación haya sido vía telefónica o whatsapp) a la Secretaría de Violencia y Protección de Derechos de la circunscripción que corresponda y que se ha organizado en turnos especialmente para este efecto.

Recibido el formulario por la Secretaría de Violencia y Protección de Derechos, le imprimirá el trámite que corresponda articulando con el juez y los organismos intervinientes para el dictado y ejecución de la medida de protección necesaria a cada situación.

El Poder judicial ha afectado a estos fines no solo al cuerpo de trabajadores sociales y secretarios/as, sino también a choferes, oficiales de justicia, personal de informática, y de gestión. Todo un esfuerzo de personal especialmente dedicado a este flagelo en tiempos de crisis.

El marco legal – convencional, nacional y provincial- demanda del Estado acciones positivas como este protocolo a fin de proteger a las víctimas de violencia como, asimismo, prevenir nuevos hechos de violencia, debiendo facilitarse el acceso a una justicia rápida y eficaz que proteja a aquellas personas en situación de vulnerabilidad.

Ver Acordada N°29.505